Consejos de la Embajada para la comunidad chapina PDF Imprimir E-Mail
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miércoles, 08 de agosto de 2007
La embajada de Guatemala en Estados Unidos tiene una lista de recomendaciones de especial interés para la comunidad chapina. Hace especial énfasis en respetar las leyes del país.

Adjuntamos el texto completo por su especial interés. Haz clic en "leer más" para acceder al listado.
Listado de recomendaciones de la embajada de Guatemala en USA:
  • Tratar de conocer las leyes que rigen este país y el Estado en donde se encuentre viviendo
  • Conocer las leyes de Tránsito
  • Estar al tanto de los cambios en la Ley de Inmigracion de este pais
  • En 1996 la Ley de Inmigración de los Estados Unidos de America fue reformada, afectando los derechos de los Extranjeros en este país.
  • En dicha ley se contempla la retroactividad, por lo que si usted ha permanecido en este país por algún tiempo, siendo residente legal o inmigrante ilegal y ha cometido algún delito durante su estadía, puede ser que sea sujeto a deportación
  • Es necesario tratar de comportarse de una manera decorosa, respetando las leyes
  • Si usted se encuentra en estado de ebriedad y desea conducir, es mejor que no lo haga pues el hecho de que lo detenga la policía de su localidad por manejar en estado de ebriedad puede ser causa para su deportación
  • No utilice documentos falsos de identidad o residencia, ya que si es encontrado portándolos puede ser juzgado y penado hasta por 15 años de prisión
  • Trate de evitar cualquier desorden en la vía pública
  • Es necesario evitar cualquier escándalo o violencia doméstica
  • No debe de portar armas de fuego o armas punzantes
  • Si maneja lleve consigo siempre su licencia de conducir vigente y el seguro vigente de su vehiculo
  • Es necesario portar siempre su pasaporte guatemalteco, ya que es el documento de identidad como guatemalteco en el extranjero
  • En 1997 fue aprobada una reforma a ley de 1996, conocida como Ley NACARA
  • (Nicaraguan and Central American Rlief Act of 1997), la que beneficia a nicaraguenses y cubanos. Pero también a guatemaltecos y salvadorenos que tengan ya un estatus en los programas “ABC” (American Baptist Churches vs. Thornburgh) y “TPS” (Temporary Protected Status). Para los guatemaltecos: aquellos que hayan ingresado a los Estados Unidos antes o el 1 de octubre de 1990 y que se hayan registrado para el programa ABC antes o el 31 de diciembre de 1991
  • El 20 de mayo de 1999 fue anunciado por la Comisionada del Servicio de Inmigracion nuevas normas para la aplicacion de un programa especial en virtud del cual ciertos ciudadanos calificados de El Salvador, Guatemala y los países del antiguo bloque soviético pueden solicitar que los eximan de la deportacion mediante procedimientos simplificados y mas accesibles. El 21 de junio de 1999 estarán disponibles los formularios para poder aplicar para la Ley NACARA para aquellos que califiquen.
 
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